Susana Freydoz fue condenada ayer a 18 años de
prisión por el homicidio de su esposo, el gobernador de Río Negro, Carlos
Soria, y se dispuso que continúe alojada en el hospital donde se hallaba hasta
ahora.
Los jueces de la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca la
consideraron, por mayoría, autora de "homicidio calificado por el vínculo
agravado por la utilización de arma de fuego con circunstancias extraordinarias
de atenuación".
Dispusieron además la prisión preventiva de Freydoz, a
cumplir en el área de Salud Mental del hospital de Cipolletti, y ordenaron que
reciba un tratamiento psicológico y psiquiátrico, a definir en adelante.
La condena se basó en el voto del presidente del tribunal,
Carlos Gauna Kroeger, al que adhirió con algunos matices el vocal Fernando
Sánchez Freytes.
Ambos consideraron a la relación matrimonial deteriorada, el
"debilitamiento del vínculo" y el maltrato mutuo de los dos últimos
años como circunstancias atenuantes.
En cambio, la jueza Silvina García Balduini votó en
disidencia. Rechazó las circunstancias atenuantes, opinó que el crimen
"encuadra en la figura de magnicidio" y consideró que la pena debió
ser de prisión perpetua.
Pasadas las 18, los jueces entraron a la sala de audiencias
y, apenas se sentó, Gauna Kroeger le dijo a la viuda: "Señora Freydoz,
primero le voy a leer la parte resolutiva y después los fundamentos".
La esposa de Soria se secó las lágrimas con un pañuelo
descartable y escuchó sin inmutarse cómo el juez le decía que era condenada,
aunque no iría a la cárcel, el mayor temor que le había manifestado a su
abogado en las últimas horas.
Luego de decir que a partir de hoy la acusada comienza a
cumplir "prisión preventiva", medida que hasta ahora nunca se le
había dictado, Gauna Kroeger leyó: "Oficio a la autoridad policial para
que arbitre los medios para preservarla de represalias o ataques de terceros,
así como impedir que eluda la acción de la Justicia ".
Respecto al eventual cambio del lugar de alojamiento, ordenó
que se forme un incidente en el mismo expediente y comenzó a leer los
fundamentos de su voto, tras lo cual se escucharía el de sus colegas, María
García Balduini y Fernando Sánchez Freytes, uno de los cuales votó en disidencia.
Freydoz siguió la lectura -que se extendió por cinco horas y
media-, flanqueada por su abogado, Alberto Richiardi, y su hija menor, María
Emilia Soria.
"Se encuentra acreditado que no existe ni
inimputabilidad ni emoción violenta excusable, sin embargo existen
circunstancias extraordinarias de atenuación", afirmó el presidente del
tribunal y comenzó a hacer un resumen de las declaraciones de los testigos,
entre ellos los hijos del matrimonio.
La sentencia se dio a conocer luego de que el 7 de noviembre
la fiscal de Cámara, Laura Pérez, pidiera para Freydoz la pena de prisión
perpetua y considerara que su accionar fue consecuencia de años de degradación
de un matrimonio, en el que ambos integrantes peleaban regularmente con suma
violencia verbal aunque no física.
Pérez enmarcó el hecho en una conducta de celos obsesivos y
desconfianza de la acusada hacia su marido, probablemente justificada en algún
caso de engaño.
Pérez descartó de plano el atenuante de "emoción
violenta" afirmada por el perito psiquiatra oficial, Ricardo Risso, y
también desestimó que la imputada padezca una serie de graves trastornos
mentales, además de la intoxicación por alcohol y psicotrópicos señalada por el
perito de parte, el psiquiatra Carlos Cornaglia.
Por su parte, el defensor de Freydoz, Alberto Ricchieri,
había solicitado al Tribunal que su clienta fuera declarada inimputable en
función de los trastornos mentales citados por Cornaglia (obsesión paranoica,
psicosis, esquizofrenia, y otros), y de la intoxicación por el consumo excesivo
de alcohol y psicofármacos.
Por eso pidió su absolución o que, en su defecto, fuera
condenada por homicidio culposo (accidental) o guiado por emoción violenta, con
pena máxima de 10 años de prisión, lo cual fue descartado por los jueces.
Freydoz fue acusada de asesinar a Soria el 1 de enero último
de un disparo en la cara con un revolver Smith & Wesson calibre .38
-propiedad de la víctima-, en el dormitorio matrimonial de la chacra de la
familia, en Paso Córdoba, en las afueras de Roca.
El hecho se produjo cerca de las 4 de la madrugada tras la
reunión familiar de Fin de Año de la que participó parte de la familia del
mandatario provincial.
Durante el debate, la viuda
de Soria se abstuvo de declarar en dos oportunidades: al inicio, luego de la
lectura del requerimiento de elevación a juicio, y al final, tras los alegatos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario