Hoy se cumple el plazo para que todos los paquetes de
cigarrillos incorporen advertencias sanitarias con texto e imágenes. El
vencimiento había sido postergado cuatro meses, a pedido de la industria
tabacalera, y esta vez la mayoría de las marcas –pero no todas– ya se han
adecuado a la normativa. Sin embargo, al mismo tiempo, sigue sin reglamentarse la Ley Nacional de
Control del Tabaco, promulgada en junio de 2011. Por eso, no hay establecidas
sanciones para su incumplimiento ni organismos con autoridad para hacerla
valer, y hay denuncias de que la industria estaría multiplicando el marketing y
la cantidad de puntos de venta.
La “normativa gráfica de empaquetado, venta y consumo de
productos de tabaco” fue instaurada por resolución del Ministerio de Salud de la Nación el 17 de abril, en
su condición de autoridad de aplicación de la Ley 26.687 de Control del Tabaco. Establece que
“los empaquetados y envases de productos elaborados con tabaco llevarán
insertos una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos del
consumo. En el caso de los cartones de cigarrillos, la imagen será impresa en
la cara principal (ocupando la mitad de la superficie); la leyenda será impresa
de igual manera en la cara opuesta”.
El ministerio eligió 12 imágenes y 12 textos, provenientes
del Banco de Advertencias Sanitarias del Mercosur: cada marca comercial debe
incluir, en forma rotativa, todas las advertencias. Así por ejemplo, “Fumar
causa impotencia sexual”; “Fumar puede causar amputación de piernas”; “Fumar
causa cáncer”; “Fumar causa enfermedades cardíacas y respiratorias”.
El plazo para que las empresas se adecuaran a la normativa
vencía originalmente en junio, pero, por pedido de las tabacaleras, se prorrogó
hasta hoy, 15 de octubre.
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