El fiscal Ignacio Di Maggio rechazó el sobreseimiento
dictado por el juez Alejandro Cabral en relación a un piquete sobre la Ruta 7.
El fiscal Ignacio Di Maggio rechazó un fallo dispuesto por
el juez correccional Alejandro Cabral en el que había sobreseído en forma
definitiva a cinco acusados de haber entorpecido el normal funcionamiento de la Ruta Provincial 7, a la altura de la localidad
de Centenario, en el lugar conocido como El Picadero.
El fiscal reclama en el recurso de casación que se deje sin
efecto el sobreseimiento y se ordene la realización del juicio oral y público
para que se ventile la responsabilidad penal de cada uno de los
sospechosos.
Para el fiscal, la resolución del magistrado “afecta la
intervención y la participación del Ministerio Público Fiscal, provocando un
gravamen irreparable”. Asegura también que se ha caído “en un error de
prohibición invencible asumiendo el juez de la causa una postura netamente
abolicionista, rotulada de un modo aparente de garantismo penal”.
Explica que “la arbitrariedad” se verifica en el sumario en el que se ha “quebrantado la congruencia procesal y sorprendiendo con tal decisión al Ministerio Público Fiscal, el que no tuvo oportunidad alguna de expedirse antes de que se emitiera la decisión que se impugna”.
De esa manera, agrega que “se deja a la sociedad sin una respuesta adecuada, quedando impunes hechos penalmente relevantes a través de un procedimiento no reglamentado”.
El corte al tránsito vehicular se produjo el 2 de julio de 2009 y duró nueve horas. Los imputados y otras personas no identificadas colocaron palos, neumáticos, maderas y ramas sobre el asfalto. El fiscal añadió además que los manifestantes impidieron la circulación sobre las vías de acceso alternativas utilizando un alambrado de hierro y maderas, sobre el camino de ripio que conduce al acceso a la zona de chacras.
Explica que “la arbitrariedad” se verifica en el sumario en el que se ha “quebrantado la congruencia procesal y sorprendiendo con tal decisión al Ministerio Público Fiscal, el que no tuvo oportunidad alguna de expedirse antes de que se emitiera la decisión que se impugna”.
De esa manera, agrega que “se deja a la sociedad sin una respuesta adecuada, quedando impunes hechos penalmente relevantes a través de un procedimiento no reglamentado”.
El corte al tránsito vehicular se produjo el 2 de julio de 2009 y duró nueve horas. Los imputados y otras personas no identificadas colocaron palos, neumáticos, maderas y ramas sobre el asfalto. El fiscal añadió además que los manifestantes impidieron la circulación sobre las vías de acceso alternativas utilizando un alambrado de hierro y maderas, sobre el camino de ripio que conduce al acceso a la zona de chacras.
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